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El Decreto 149/2025, impulsado por el gobierno de Javier Milei, planteaba una desregulación general de los aportes empresariales a organismos como cámaras y entidades de capacitación. |
En un fallo con importantes implicancias institucionales y laborales, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°45 suspendió de manera provisoria la aplicación del Decreto 149/2025 del Poder Ejecutivo Nacional, que eliminaba los aportes obligatorios de empleadores a cámaras empresariales y entidades vinculadas.
La medida cautelar fue dictada en el marco de una causa promovida por el Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (Inacap), lo que habilita la continuidad de los aportes hasta que se resuelva el fondo del litigio.
El Decreto 149/2025, impulsado por el gobierno de Javier Milei, planteaba una desregulación general de los aportes empresariales a organismos como cámaras y entidades de capacitación, modificando el carácter obligatorio de esas contribuciones.
La norma establecía que, en adelante, solo serían válidas aquellas contribuciones que fueran aceptadas de forma voluntaria por las empresas. Sin embargo, con la decisión judicial, el Inacap continuará recibiendo el aporte previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75, vigente para el sector comercio.
La Justicia rechazó el planteo del Estado Nacional, que había solicitado el pase del expediente al fuero contencioso administrativo, argumentando que el caso debía tramitarse como una cuestión de legalidad sobre actos del Poder Ejecutivo. No obstante, el juzgado laboral sostuvo que el conflicto gira en torno a la interpretación de normas laborales y convenciones colectivas, por lo que es de su competencia. En su argumentación, el fallo invocó el fumus boni iuris (verosimilitud del derecho) por la colisión normativa entre el decreto presidencial y el CCT vigente, y el periculum in mora (peligro en la demora), por el posible desfinanciamiento inmediato del instituto y el riesgo que eso implica para su funcionamiento.
La medida cautelar no resuelve el conflicto de fondo, pero garantiza la continuidad de la estructura institucional del Inacap en el corto plazo. Además, refuerza la obligatoriedad de los convenios colectivos homologados y genera un precedente sobre la primacía de los convenios sectoriales por sobre las disposiciones unilaterales del Poder Ejecutivo, cuando se trate de derechos adquiridos por trabajadores o sus organizaciones representativas.
En el ámbito turístico, la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Faevyt) ratificó que el Incatur, su instituto de capacitación profesional, no se ve alcanzado por el decreto, dado que se trata de una entidad de naturaleza gremial-empresaria. A pesar de ello, y en consonancia con el espíritu de desregulación que promueve el gobierno, la federación decidió implementar una reducción del 50% sobre el aporte mensual obligatorio, que a partir de julio queda fijado en el 0,5% de la masa salarial sobre el salario básico de convenio.
Desde Faevyt señalaron que la medida busca sostener la institucionalidad del sistema de capacitación profesional del sector y, al mismo tiempo, adaptarse a la nueva coyuntura política. Destacaron además que la profesionalización continua de las agencias de viajes y prestadores turísticos resulta clave para mejorar la competitividad de la actividad y enfrentar los desafíos de un mercado en transformación.
La decisión judicial introduce un componente de estabilidad frente a la desregulación generalizada que impulsa el oficialismo, al menos en lo que refiere al financiamiento de estructuras clave para la capacitación laboral. En tanto, el sector turístico da señales de que está dispuesto a sostener sus espacios formativos, aunque con adecuaciones de costos que acompañen el contexto económico y político actual.
A mediano plazo, el debate sobre la naturaleza de los aportes —obligatorios o voluntarios— seguirá vigente, y su resolución tendrá implicancias para otros sectores productivos. Lo que sí parece quedar claro es que, al menos en el caso del turismo, las entidades representativas procurarán no desarmar las estructuras de formación existentes, reconociendo que la inversión en capital humano es uno de los principales activos estratégicos para el futuro de la actividad.